PODER DE REPRESENTACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA: MODELO PRÁCTICO
PODER DE REPRESENTACIÓN ANTE LA ADMINISTRACIÓN: MODELO PRÁCTICO. En no pocas ocasiones, cuando tenemos que acudir a cualquier Administración, ya sea para recibir notificaciones, realizar consultas, solicitar copias de documentos, y un largo etc., nos vemos supeditados al horario típicamente de mañana en la que los servicios públicos se prestan. ¿Qué hacer entonces si no podemos acudir personalmente para realizar estos trámites?. La respuesta es la que sigue. ¿PUEDE REALIZAR CUALQUIER PERSONA, EN NUESTRO NOMBRE, TRÁMITES ANTE LA ADMINISTRACIÓN? La respuesta claramente es sí, a la luz del artículo 5 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas . Este artículo (que extractamos a continuación), regula más o menos extensamente varios supuestos de representación. Aunque en este momento nos va a interesar únicamente lo relativo a las personas físicas, que se valdrán del modelo que pondré más abajo, para realizar ...